Please use this identifier to cite or link to this item: http://site.curn.edu.co:8080/jspui/handle/123456789/325
Title: Implicaciones socio-jurídicas que ha generado el reconocimiento jurisprudencial del derecho al agua como un derecho humano autónomo
Other Titles: Pat colectivo derecho público
Authors: Pardo, Antonia
Espinoza, Martha
Muñoz Aguirre, Carlos
Román, Magola
Betancourt, Ramón
Alvarado, César
Beetar Bechara, Brajim Nayib
Díaz, Orlando
Suárez Jiménez, Bibiana del Rosario
Carrillo, Yesid
Suárez Manrique, Wilson
Fortich Lozano, Iliana
Buelvas Mendoza, Milton
Keywords: Sucesiones
Procesal laboral
Derecho comercial
Consultorio jurídico
Etica profesional
Derecho probatorio
Oralidad
Filosofía del derecho
Criminalística
Issue Date: 30-May-2020
Publisher: Corporación Universitaria Rafael Núñez
Series/Report no.: PAT colectivo;FT-IV-015
Abstract: El agua se considera como un derecho fundamental y se define, de acuerdo con lo establecido por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como “el derecho de todos de disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal o doméstico”. El agua se erige como una necesidad básica, al ser un elemento indisoluble para la existencia del ser humano y su desarrollo, además se entiende como una necesidad y de suma en la conservación y crecimiento de las comunidades alrededor de una sociedad. En el ordenamiento jurídico colombiano podemos analizar que el agua tiene una doble connotación pues se erige como un derecho fundamental y como un servicio público lo cual ha sido determinante en esta problemática socio-jurídica, es por esto que la Corte Constitucional ha estructurado una sólida jurisprudencia alrededor de la naturaleza jurídica del derecho al agua y ha reconocido el carácter complejo de dicho derecho al inscribirlo simultáneamente en categorías tales como derecho social, colectivo, fundamental, objetivo, subjetivo, servicio público y finalidad estatal. La coexistencia de estas calidades, en el reconocimiento constitucional de un derecho, entraña el deber de especial protección y cuidado que debe guiar la actuación de las autoridades para garantizar su satisfacción. Lo anterior, ha sido señalado enfáticamente por las Altas Cortes para los eventos en que el preciado líquido se requiera para el consumo humano, apelando a argumentos de distinta índole, tales como lo expresa la consagración en el bloque de constitucionalidad y la estrecha relación de conexidad que guarda con otros derechos. En tal sentido, todas las personas deben poder acceder al servicio de agua en condiciones de cantidad y calidad suficiente y al Estado le corresponde organizar, dirigir, reglamentar y garantizar su prestación de conformidad con los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Cabe resaltar que La protección que le otorga el ordenamiento constitucional al derecho al agua se complementa y fortalece por lo dispuesto en el ámbito internacional, pues esta normatividad, de acuerdo con el artículo 93 de la Constitución, se erige como normas con rango constitucional o como estándares internacionales que sirven como pautas de interpretación de los derechos que hacen parte del sistema jurídico colombiano siendo así un apoyo en toda esta problemática. además de esto el derecho al agua se considera un bien social y cultural ligado a derechos humanos fundamentales que hacen parte de nuestro sistema constitucional como un derecho innominado lo cual conlleva a la generación de una evaluación y posteriormente del reconocimiento jurisprudencial del derecho al agua como un derecho humano autónomo.
Description: Esta investigación resulta relevante por la relación que existe entre el Agua como un recurso vital para el desarrollo de los Derechos inherente del ser humano y la preservación del ambiente debido al reconocimiento que hace la corte constitucional. También en el reconocimiento del agua limpia y saneamiento en los objetivos de desarrollo sostenible implementado por las Naciones Unidas para dar continuidad a la agenda de desarrollo, ya que esta misma organización hizo el reconocimiento al agua como Derecho Humano. Es importante también el análisis que se pretende llevar a cabo teniendo en cuenta la protección que el Estado Colombiano les brinda a las personas en estado debilidad manifestada por su Derecho al mínimo vital. En esta medida la implementación del mínimo vital de agua potable gratuito en Colombia ha estado marcada por la focalización. Se plantea como pertinente al ser una temática que tiene impacto directo en lo local tanto en lo nacional, y se tiene como ejemplo la capital del país donde el mínimo vital es un beneficio establecido a través del Decreto 064 de 2012, y consiste en otorgar 6 metros cúbicos de agua sin costo, para los usuarios residenciales de los Estratos 1 y 2 de la ciudad de Bogotá, se aplican los subsidios en los valores máximos reconocidos en la Ley. Y gracias a esto hoy más de 1.314.333 usuarios de los estratos uno, dos y tres acceden a estos beneficios. De igual manera es importante esta investigación por que nos enseña que si bien es cierto el Derecho al agua no está estipulado en la Constitución Política de Colombia, el agua es reconocido como DERECHO AUTOMO. Esta investigación está dirigida desde un enfoque social partiendo del ámbito jurídico teniendo como bases el pronunciamiento de la corte constitucional, los tratados internacionales y la ejecución o el desarrollo del mínimo vital en algunas ciudades del Estado Colombiano.
URI: http://site.curn.edu.co:8080/jspui/handle/123456789/325
Appears in Collections:Derecho

Files in This Item:
File Description SizeFormat 
linea de derecho publico.pdf737,14 kBAdobe PDFView/Open
linea de derecho publico.wav47,85 MBWAVView/Open


Items in DSpace are protected by copyright, with all rights reserved, unless otherwise indicated.