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dc.contributor.authorHernández Martelo, Paola Stella-
dc.contributor.authorVillalba, Jorge-
dc.contributor.authorRodríguez, Julio-
dc.contributor.authorLambis Villalba, Ivonne Tatiana-
dc.date.accessioned2021-06-05T00:23:17Z-
dc.date.available2021-06-05T00:23:17Z-
dc.date.issued2020-12-19-
dc.identifier.urihttp://site.curn.edu.co:8080/jspui/handle/123456789/396-
dc.description.abstractEl 11 de marzo del año 2020 se declaró por el director general de la Organización Mundial de la Salud –OMS- el doctor Tedros Adhanom Ghebreyesus, una Pandemia Mundial titulada COVID-19, la cual fue originada en la ciudad de Wuhan, en China, por un brote que presentaba alta similitud con la sintomatología causada por los oronavirus respiratorios del Síndrome Respiratorio Agudo Severo (SARS-CoV) y del Coronavirus del Síndrome Respiratorio del Medio Oriente (MERS-CoV). La pandemia se extendió a diferentes continentes, afectando iversos países tanto desarrollados como en sub-desarrollo, dentro de esos a América Latina; y como era de esperarse, el 6 de marzo del 2020, el ministerio de salud y protección social (Min Salud) confirmo el primer paso en territorio de Colombia, luego de haberle practicado los análisis a un apaciente extranjera de 19 años procedente de Milán- Italia. Dentro de las medidas de contingencia tomadas por los entes gubernamentales, Colombia se vio en la necesidad de aplicar medidas de acción como implementaron medidas de bioseguridad personal estrictas -como el uso de tapabocas, el lavado de manos constante y el distanciamiento social-, cerrar sectores económicos, viéndose afecta la economía se vio muy afectada y además de limitar la movilidad, provocando el paro de la producción, turismo, consumo, economía en los diferentes departamentos de Colombia (Decreto 420 del 18 de marzo de 2020 emitido por el Presidencia de la república). Se suspendieron eventos y se pidió el cierre de establecimientos donde haya un gran número de persona. La norma determina que “se deberá garantizar el servicio público de transporte terrestre, por cable, fluvial y marítimo de pasajeros, de servicios postales y distribución de paquetería, en el territorio nacional, que sean estrictamente necesarios para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19”, y señala que es fundamental garantizar el transporte de carga, el almacenamiento y logística para la carga de importaciones y exportaciones. Además, Con el Decreto 457, el Gobierno Nacional ordena a los alcaldes y gobernadores prohibir el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y en establecimientos de comercio, esto con el fin de disminuir la acumulación de personas y evitar en lo más posible los contagios. (gobierno de Colombia, 2020). Sin duda alguna, el año 2020 ha representado un gran reto para todos, sin dejar de lado a ninguna persona que dentro de sus labores cotidianas se han visto afectados, pero especialmente ha significado un reto para los administradores, tanto públicos como privados, que han tenido que acoplarse e idear planes y estrategias para afrontar las consecuencias que trajo consigo el virus. En la ciudad de Cartagena de indias, alcalde William Dau, siguiendo las indicaciones del gobierno y como medida de prevención, decreto un toque de queda, junto al pico y cedula; por lo tanto, la ciudad y sus habitantes se vieron sometidos a drásticos cambios, la población se vio reducida a estar en sus hogares. Gracias a esto, los vínculos familiares en la mayoría de los casos se vieron fortalecidos, se volvió a convivir y a pasar tiempo en familia, no obstante, esto ha traído consecuencias, creando situaciones desafiantes para cada uno de los miembros de la familia, compuesta por estudiantes y trabajadores quienes se vieron obligados a desarrollar sus actividades desde casa, para cumplir con sus obligaciones y responsabilidades. El teletrabajo en Colombia, según la Ley 1221 de 2008 (Decreto reglamentario 0884 de 2012) establece tres modalidades del teletrabajo las cuales son: Teletrabajo Autónomo: que consiste en que trabajadores independientes o empleados que se valen de las TIC para el desarrollo de sus tareas, ejecutándolas desde cualquier lugar elegido por él. Teletrabajo Suplementario: consiste en trabajadores con contrato laboral que alternan sus tareas en distintos días de la semana entre la empresa y un lugar fuera de ella usando las TIC para dar cumplimiento. Se entiende que teletrabajo al menos dos días a la semana. Teletrabajo Móvil: consiste en trabajadores que utilizan dispositivos móviles para ejecutar sus tareas. Su actividad laboral les permite ausentarse con frecuencia de la oficia. No tienen un lugar definido para ejecutar sus tareas. El Teletrabajo se convierte en una forma de organización laboral que consiste en el desempeño de actividades que se pueden ejecutar utilizando como soporte las tecnologías de información y comunicación para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia físicamente en la organización ya que podía ejecutar su trabajo desde casa o en cualquier lugar que se encontrase siempre y cuando cuente con herramientas tecnológicas que le ayudaran al desarrollo de estas actividades. Teniendo en cuenta lo dicho con anterioridad, se puede decir que el teletrabajo o el trabajo en casa se ha convertido en una de las herramientas sostenibles para poder seguir con la productividad y el mantenimiento de los trabajadores ya que gracias a ellos y su gran disposición se ha mantenido el comercio en la ciudad, debido a que es un método que las empresas y negocios adoptan para el sostenimiento de su organización y poder seguir generando empleo y un lucro para la organización. No obstante, la tecnología se ha convertido en una herramienta fundamental para que la economía no se detenga completamente por la pandemia, la cual, acarrea consigo algunas dificultades dado que los administradores, puede que no cuenten con las herramientas necesaria para poder cumplir con sus actividades desde la virtualidad Por tal motivo, es importante que los administradores empiecen a fortalecer todas aquellas habilidades que le permitan afrontar los nuevos retos que ha traído el año 2020, como lo es el trabajo en casa, por lo tanto se hace necesario saber ¿cuáles son las competencias requeridas por los Administradores de Empresa en la Corporación Universitaria Rafael Núñez para afrontar los retos del trabajo en casa y el teletrabajo en la ciudad de Cartagena De Indias D.T Y C, en el período comprendido de marzo a septiembre de 2020?en_US
dc.language.isoesen_US
dc.publisherCorporación Universitaria Rafael Núñezen_US
dc.relation.ispartofseriesPat colectivo;FT-IV-015-
dc.subjectLegislación comercialen_US
dc.subjectPresupuestoen_US
dc.subjectEstadística inferencialen_US
dc.subjectLegislación laboralen_US
dc.subjectComportamiento humano en las organizacionesen_US
dc.subjectCompetencias comunicativasen_US
dc.titleCompetencias requeridas por los Administradores de Empresas de la CURN para afrontar los retos del trabajo en casa y teletrabajo en la ciudad de Cartagena de Indiasen_US
dc.title.alternativePat colectivo IV semestre 2020-02en_US
dc.typeTechnical Reporten_US
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